Control sindical de las contrataciones
Estoy francamente aburrido de oír y leer todo tipo de interpretaciones sobre la reacción de la CEOE ante el acuerdo que firmaron Gobierno y sindicatos sobre el control sindical de las contrataciones, a espaldas de los propios empresarios. Todo el mundo se considera capacitado para hacer su correspondiente exégesis, la interpretación que más le acomoda o la versión en la que se siente más a gusto. Nadie, por el contrario, parece verse obligado a hacer lo que a mí me resulta obvio: leerse el acuerdo firmado y atenerse, como nosotros hacemos, a lo que pone y no a interpretaciones tan inexactas como interesadas.En este sentido, Julián Ariza nos obsequiaba en este mismo periódico el pasado sábado 10 de febrero con. un artículo interpretando las reacciones de la CEOE al acuerdo, en el que quería llegar a la conclusión de que estábamos politizados. ¡Y lo dice él, el más conspicuo representante de la izquierda carrillista, del comunismo pro Ceaucescu! Sin embargo, no es el exabrupto lo que me llama la atención, sino el hecho de que en todo el artículo no se refiere ni una sola vez, al contenido textual del acuerdo que está en el centro de la polémica.
Más preocupante todavía me parece la información sobre el asunto que hizo Martha Zein para EL PAIS un día después. Después de todo, lo de Ariza iba firmado como opinión y todo el mundo conoce más o menos la adscripción de quien lo expresa. Pero lo que hacía Martha Zein pasaba por ser informativo, y, según mis datos, la mitad de lo que decía no se atiene a los términos del acuerdo.
Por ejemplo, ¿de dónde ha sacado la periodista que a las empresas solamente se les va a exigir entregar a los sindicatos copia de los contratos que tengan carácter temporal o estén acogidos a alguna modalidad de fomento del empleo? Porque el acuerdo, en su apartado primero, dice muy claro que las empresas deberán entregar a los "representantes legales de los trabajadores" una copia "básica" de todos los contratos "que deban celebrarse por escrito". Ello incluye, por supuesto, los temporales, pero también la práctica totalidad de los demás, incluyendo los de altos cargos.
¿En qué fuentes (en la nuestra no, porque no hemos sido contrastados) le han aclarado a Martha Zein que los únicos datos que hay que entregar a secciones sindicales y comités de empresa son, como afirma, la fecha del inicio del contrato, su terminación y a cuál de las modalidades que existe se ha acogido la empresa"?
Inconstitucionalidad
La periodista parece saber del asunto más que el propio ministro de Trabajo, porque el acuerdo dice algo muy distinto: exige una "copia básica" de todos los contratos, que incluya todos los datos necesarios para "verificar su legalidad". Precisamente es en este punto donde los empresarios sospechamos que el acuerdo pueda, en su desarrollo normativo, incurrir en inconstitucionalidad, porque la Carta Magna tutela el derecho de todos los españoles a la intimidad y a no verse obligados a facilitar a delegados de organizaciones no oficiales datos de una relación contractual específicamente privada. Me gustaría saber si Martha Zein maneja información que nosotros desconocemos, porque si nos atenemos al texto del acuerdo, sin interpretaciones libres ni intoxicaciones sindicales, las conclusiones son otras muy distintas.
Por otra parte, la reacción de la CEOE al acuerdo ha sido fuerte, sin duda, pero no tanto como puede colegirse de una información que pone uno tras otro epítetos y comentarios realizados en media docena de comparecencias diferentes, algunas de carácter polémico, como mi reciente debate en TVE con Antonio Gutiérrez.
La información dice de pasada que "el último punto del citado acuerdo expresa que los sindicalistas podrán acompañar a la Inspección de Trabajo en sus visitas a las empresas". Dice mucho más: aparte de reconocer el derecho de los sindicalistas a actuar de "acompañantes" de los inspectores, el acuerdo dice que el sindicalista podrá formularle al inspector cuantas observaciones considere precisas, y después el inspector deberá informarle de los resultados de la acción inspectora. Es la primera vez, desde que se aprobó la Constitución española, que se reconocen funciones inspectoras a delegados de organizaciones privadas y voluntarias, como son los sindicatos. Es la primera vez que el Estado delega parte de las funciones que le son propias y se las encomienda a manos privadas. ¿Qué pasaría si se hiciera lo mismo en casos de inspecciones de Hacienda, o de consumo, o judiciales? Tampoco se dice en la información que se crea una comisión "tripartita" por provincia, pero que a instancia "de una sola de las partes" (es decir, de la parte sindical) podrá pedir la iniciación de acciones inspectoras contra empresas.
Verificar la legalidad
Tampoco se informa de que basta con que los sindicatos retarden la "verificación de la legalidad" del contrato cuya copia se ha entregado para que esa contratación se retrase y duerma en vaya usted a saber qué cajón. Tampoco se dice que los sindicatos sabrán por anticipado, con independencia de la opinión de los interesados, qué contratos van a ser rescindidos y cuáles prorrogados, asi como las cantidades por indemnización que deberán cobrar los trabajadores (incluyendo la de contratos fijos, altos cargos, etcétera).¿Serán los sindicatos capaces de sustraerse a la tentación de no aprovechar a su favor un caudal de información que no tienen siquiera en Hacienda? ¿Es legítimo pedir a las empresas que confíen en la ecuanimidad de los representantes de los trabajadores transmutados en funcionarios del Estado con capacidades inspectoras y controladoras? ¿Alguien se puede extrañar de que en la CEOE se considere este acuerdo como un ataque a la libertad de empresa, reconocida en el artículo 38 de la Constitución, y como un paso hacia la sindicación obligatoria?
El diario EL PAÍS hacía un editorial el pasado domingo sobre este asunto sin citar textualmente en ningún momento el acuerdo. Interpretaba, analizaba y pontificaba. Llegaba incluso a la sorprendente conclusión de que, estando los comunistas en los sindicatos y llevando las riendas de la unidad sindical, la que necesitaba una perestroika era la CEOE.
Es una opinión a mi juicio gratuita, pero tan respetable como cualquier otra. Pero es que el mismo editorial saluda el acuerdo porque "favorece la afiliación en las pequeñas empresas, las que crean más puestos de trabajo. Y ( ... ) afianza la influencia sindical en las empresas medianas y grandes". Todo ello es verdad, pero lo hace de manera forzada, sin contar con el parecer de los propios trabajadores y usando como resorte de poder el acceso a información de manera privilegiada. De hecho, los sindicatos dejan de ser sociedad para convertirse en Estado.
No nos alegramos de ello, y menos nos alegramos de que el mismo editorialista considere este acuerdo "más precisamente (sic) como la obligación de informar sobre las contrataciones a las centrales con presencia en la empresa". Si esto es solamente lo que el editorialista considera que es el acuerdo, sencillamente pasa que no se lo ha leído tampoco.
Por último, cuando hasta el más lerdo de este país se ha enterado ya de que éste ha sido una acuerdo negociado a espaldas de la CEOE, y sin que la representación empresarial pudiera dar su opinión, el editorialista afirma que "no menos conveniente resultaría que la patronal se acostumbrase a negociar sin ventajismos", lo que es para nosotros un doloroso sarcasmo.
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