El Supremo suspende un juicio contra un ex senador del PP
La Sala Segunda del Tribunal Supremo accedió ayer a suspender el juicio contra el ex senador del PP por Pontevedra, José Castro Alvarez, debido a que éste perdió su condición de aforado un día antes de sentarse en el banquillo al haberse disuelto las Cortes el pasado día 9. Siguiendo el criterio tradicional, el Supremo ordenó remitir la Causa al juzgado de origen, el de instrucción de Ponteareas (Pontevedra). Si pese a estar inculpado en un delito de insulto a la autoridad, Castro Álvarez repite en las listas del PP en las próximas elecciones y vuelve a salir elegido senador el 3 de marzo, el juzgado de Ponteareas deberá devolver la causa al Tribunal Supremo.El ex senador del P-P llegó a sentarse en el banquillo como inculpado en un delito de insulto a la autoridad, por el que el ministerio fiscal pide para él tres meses de arresto. Los hechos ocurrieron en octubre de 1989, cuando José Castro, como alcalde de Ponteareas, participó con otro vecinos en unos incidentes con varios operarios de telecomunicaciones cuando éstos desmontaban, por orden del gobernador civil, las instalaciones ilegales de televisión por cable de la localidad.
El abogado del ex senador, Juan Ramón Montero, -representate legal del PP en el caso Filesa- pidió el aplazamiento de la causa por haber perdido su cliente la condición de senador. También adujo que el delito de insulto a la autoridad desaparecerá en el nuevo Código Penal que entra en vigor en mayo, por lo que un aplazamiento evitaría al tribunal tener que juzgar la causa. El fiscal se opuso a la suspensión.
"Privilegio procesal"
Tras retirarse a deliberar, el tribunal, presidido por el magistrado José Augusto de Vega e integrado por los magistrados Eduardo Móner y Enrique Bacigalupo dictó una resolución en la que significa la vigencia del "privilegio procesal" establecido para el período de mandato diputados y senadores en el articulo 71.2 de la Constitución. Por tanto, añade la resolución, "debe primar tal disposición constitucional sobre la legalidad ordinaria que surge del artículo 1 de la ley de 9 de febrero de 1912, tal como ya se indicó anteriormente en autos del Tribunal Supremo de 1993".Los autos a que se refería la Sala son los relativos al entonces senador de Herri Batasuna Iñigo Iruin y a la diputada del PSOE Elvira Castilla del Pino. "En tales supuestos", añade la resolución "el Tribunal Supremo dispuso la remisión de las actuaciones correspondientes al tribunal originariamente competente".
La decisión del Supremo afecta, por extensión, a todas las causas especiales contra diputados y senadores, que deberán ser remitidas a sus tribunales de origen al haber perdido éstos su condición de aforados, salvo el caso GAL, que afecta al ex ministro José Barrionuevo y no será remitida al juzgado de Baltasar Garzón, sino que será el Supremo quien prosiga la investigación debido a que Barrionuevo continúa siendo aforado como miembro de la Diputación Permanente del Congreso.
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