IU incluyó en su contabilidad electoral 1,5 millones de sus coaliciones locales
El Tribunal de Cuentas detecta irregularidades también en las operaciones de CiU en las municipales de 2015
Izquierda Unida cometió, según el informe del Tribunal de Cuentas correspondiente a las elecciones municipales de 2015, una irregularidad en la atribución de 1,5 millones en las operaciones de su campaña. La coalición de izquierdas concurrió entonces a esos comicios bajo distintas fórmulas de alianzas con Podemos, Equo y plataformas municipalistas. Según señala el documento del órgano fiscalizador, “del total de los recursos declarados, que ascienden a 3.218.719,21 euros, un importe de 1.548.478,03 euros se ha destinado, mediante la transferencia de fondos o el pago a proveedores, a la financiación de la actividad electoral desarrollada por diferentes coaliciones en las que ha participado esta formación política”.
Esas cantidades, por tanto, “no deberían figurar en la cuenta electoral ni en la contabilidad de Izquierda Unida, sino en las de las diferentes coaliciones en las que participa”. “En consecuencia”, prosigue el Tribunal de Cuentas, “una vez deducido dicho importe, los recursos empleados por las federaciones de Izquierda Unida en las circunscripciones electorales en las que no se presentaron por medio de coaliciones ascienden a 1.670.241,18 euros”.
El informe del tribunal también señala a la antigua Convergència i Unió. La coalición nacionalista superó en más de 130,000 euros su límite máximo de gastos para las elecciones municipales, “un exceso del 9,16% sobre el límite de gastos de esta naturaleza (1.421.394,69 euros)”. El partido incurrió, “de acuerdo con la información facilitada por un proveedor, en gastos electorales no declarados por un importe de 112.973,58 euros, lo que ha sido tenido en cuenta a efectos del cumplimiento del límite máximo de gastos”.
El Partido Popular justificó “gastos por envíos de propaganda electoral por importe total de 8.628,39 euros, cuyos conceptos no tienen la consideración de gasto electoral”. “En consecuencia”, señala el órgano fiscalizador, “los referidos gastos no son susceptibles de ser financiados con subvenciones electorales”. “Dentro de los gastos por envíos de propaganda electoral, la formación ha incluido erróneamente determinadas partidas, por importe total de 41.218,77 euros, que se han reclasificado como gastos por operaciones ordinarias”, concluye el tribunal.
En los gastos del PSOE figuran 3.500 euros “correspondientes a la emisión de publicidad electoral en televisiones locales, lo que no está autorizado” por la normativa sobre publicidad electoral en emisoras de televisión local por ondas terrestres, “que establece la prohibición general de contratar espacios de publicidad en el citado medio. “En consecuencia, dicho gasto se considera no subvencionable, aunque se ha tenido en cuenta a efectos del límite máximo de gastos del proceso”, señala el tribunal.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.