El Gobierno recurrirá ante el Constitucional la reforma de Ayuso sobre las leyes trans y contra la LGTBIfobia
Tras fracasar la negociación bilateral de las dos administraciones, el Estado acude al tribunal, donde ya hay admitido otro recurso de Gabilando, el Defensor del Pueblo
El Gobierno de España va a interponer dos recursos de inconstitucionalidad contra sendas modificaciones legales aprobadas por el Gobierno de la Comunidad de Madrid, que preside Isabel Díaz Ayuso, tras lograr mayoría absoluta en las elecciones de mayo de 2023: la de la ley de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y No Discriminación, conocida como ley trans, y la de la ley de Protección Integral Contra la LGTBIfobia y la discriminación por razón de orientación e identidad sexual. Así lo ha anunciado este martes la portavoz del Gobierno, Pilar Alegría, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, en la que también ha informado de que las normas en cuestión quedarán paralizadas durante seis meses en el momento en el que el Tribunal Constitucional (TC) admita los recursos, un plazo prorrogable si no hay resolución en ese semestre. La iniciativa del Gobierno central, que negoció sin éxito con el de Madrid para evitar llegar a los tribunales, se suma a la que ya impulsó el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, contra la ley trans, y que el TC admitió a trámite el pasado mayo.
Todo arrancó en diciembre, cuando el PP de Ayuso aprobó en el Parlamento regional las dos reformas, provocando las protestas de la oposición de izquierdas, que las vio inspiradas en Vox, y la queja de los colectivos LGTBI, que se movilizaron para mostrar su rechazo a unas modificaciones que el Gobierno central considera contrarias a la ley trans nacional.
Se trataría de modificaciones “claramente regresivas, que limitan y vulneran los derechos reconocidos” en la normativa estatal, ha afirmado este martes Ana Redondo, la ministra de Igualdad, en rueda de prensa. “No puede haber diferencias entre las personas trans de la Comunidad de Madrid y las del resto de España. Esta ley es un recorte a los derechos de la ley estatal”, ha dicho Redondo, que cree que las normativas madrileñas “tendrían que haber hecho todo lo contrario”, es decir, “incorporar, mejorar, ampliar” los derechos que ya garantiza la ley nacional patrocinada la pasada legislatura por el gobierno de PSOE y Podemos.
Esa norma suponía despatologizar a las personas trans eliminando los requisitos médicos para cambiar el nombre y el sexo en el DNI, prohibir las llamadas terapias de conversión para el colectivo LGTBIQ y retirar requisitos médicos como los informes psicológicos para que las personas trans puedan cambiar su nombre y su sexo en el Registro Civil. Son cuestiones a las que la modificación de la ley de Madrid volvió a dar la vuelta, según el criterio del ministerio, y que forman parte de la impugnación que va a hacer el Gobierno.
Así, el recurso se basa, por un lado, en la excepción que a juicio del gobierno se hace a la prohibición absoluta de las terapias de conversión, al permitir el asesoramiento psicológico o la evaluación psiquiátrica. Por otro, se centra en la patologización que, considera el ministerio, se hace de los menores trans, “al obligarles a someterse a un proceso de acompañamiento psicológico o psiquiátrico y a obtener un informe facultativo favorable como condición para iniciar un tratamiento para su transición”.
También se va a recurrir “la discriminación” que la normativa madrileña hace con las personas trans frente a las mujeres y niñas cuando se les permite usar espacios o equipamientos “sin menoscabo de los derechos e intimidad del resto de usuarios, especialmente de las niñas y mujeres”; a lo que Redondo ha remarcado que garantizar los derechos de las personas trans no pone en peligro los derechos de otras personas. Y por último, la “invasión” de competencias procesales y administrativas que el Gobierno considera que la norma aprobada por Ayuso hace al excluir a las organizaciones LGTBIQ de la condición de interesados en procedimientos penales y administrativos sancionadores, incluso cuando representen a una víctima o persona perjudicada con su permiso explícito.
“El Gobierno miente al decir que el acompañamiento de los profesionales es una terapia de conversión, algo que ya está prohibido en la Comunidad de Madrid”, ha discrepado Consejera madrileña de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, Ana Dávila. “Referirse en esos términos a la ayuda profesional en esa transición es un insulto a los médicos y a los psicólogos”, ha argumentado. “Es necesario facilitar ese acompañamiento a los menores, en un proceso que es irreversible”, ha seguido. Y ha rematado: “El Gobierno de España no tenía ninguna intención de llegar a un acuerdo”. Estos son los principales puntos de fricción en cada norma.
- Ley de Protección Integral Contra la LGTBIfobia y la Discriminación por Razón de Orientación e identidad Sexual. El artículo 14 “patologiza la transexualidad”, cree el Ministerio de Igualdad, al establecer que los menores trans solo podrán iniciar su tratamiento hormonal previo examen de un pediatra, tras ser atendidos “por un profesional de la salud mental” (psicólogo o psiquiatra), o que necesitarán un informe médico favorable “imprescindible” si tienen dos o más enfermedades o trastornos mentales al mismo tiempo. Además, el Gobierno central impugna los apartados 15 y 17, en los que se especifican los derechos de utilización de espacios por parte de las personas trans “sin menoscabo de los derechos y la intimidad del resto de usuarios, especialmente mujeres, chicas o niñas”. A juicio de Igualdad, esa referencia al uso de espacios comunes en función del sexo (en centros de menores, pisos tutelados, residencias de tercera edad…) vulnera el artículo 14 de la Constitución al menoscabar el principio de igualdad y supone un uso discriminatorio del lenguaje. El Gobierno central también señala que la ley estatal establece una prohibición expresa de terapias aversivas o de conversión incluso si cuentan con el consentimiento de la persona interesada o de su representante legal, mientras que la norma madrileña añade la coletilla “sin que el asesoramiento psicológico pueda considerarse discriminatorio ni contrario a la libertad de la persona evaluada”.
- Ley de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y No Discriminación. El ministerio impugna que niegue a asociaciones, entidades y organizaciones representativas de los colectivos LGTBI la legitimación para presentarse como acusación o representar a víctimas en procesos penales o administrativos sancionadores. Y recrimina: “Este artículo vulnera el artículo 149 de la Constitución que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia procesal y no diferencia ningún procedimiento”.
Además de los dos recursos anunciados este martes, hay un tercero ya admitido a trámite y firmado por el Defensor del Pueblo, que se centra en un inciso de un artículo de la ley trans. Ese punto concreto establece la obligatoriedad de que los menores trans que quieren recibir tratamiento hormonal tengan apoyo de profesionales de salud mental infanto-juvenil, y lo mantengan durante todo el proceso. Además, en el caso de que existiera comorbilidad ―presencia de dos o más enfermedades al mismo tiempo en una persona― será imprescindible un informe favorable del profesional que esté tratando al menor en dichas patologías.
Ambos requisitos resultan, a juicio del Defensor del Pueblo, “patologizantes y desproporcionados con respecto al bien que se quiere proteger”. Se trataría de un caso de “sobreprotección” que supera las competencias del legislador, según Gabilondo, pues ya es requisito previo al inicio del tratamiento que un pediatra examine al menor y que el proceso sea autorizado por quienes tengan su tutela, o por un juez.
Batalla judicial
“Presumir que es bueno para todos los menores recibir el apoyo de profesionales de la salud-mental, así como exigir un informe favorable del médico que trate al menor en caso de padecer alguna enfermedad, lejos de protegerles les estigmatiza, y restringe el ejercicio del derecho a preservar su intimidad, su espacio de seguridad y libertad frente a terceros, y a desarrollarse de la manera deseada”, argumenta la oficina del Defensor, que ha actuado a instancias de Más Madrid (que no cumple con los requisitos para plantear el recurso ante el TC por sí mismo) y de la asociación Chrysallis.
De esta manera, el Constitucional se ha convertido en campo de batalla entre el Ejecutivo de Ayuso, el central, y la oposición de izquierdas. Por ejemplo, Madrid ha recurrido ahí la ley de amnistía estatal. A eso se suman ahora los dos recursos anunciados por el gobierno central, que podría registrar próximamente un tercero si fracasa la negociación con Madrid por un artículo de la ley de presupuestos regionales. Además, el tribunal tendrá que pronunciarse sobre ocho recursos pendientes de resolución o admisión que han sido interpuestos en los últimos años por la oposición contra normas o decisiones de Ayuso y la Asamblea regional.
Al recurso ya admitido a trámite del Defensor se unen los del PSOE contra la ley ómnibus (que ha permitido a Ayuso controlar Telemadrid, la Cámara de Cuentas y el Consejo de Transparencia), la reforma de la norma que regula la televisión y radio autonómicas, y la aprobación de la ley del suelo, que se produjo, a su juicio, cuando no había los diputados suficientes.
Por su parte, Más Madrid patrocina otros dos recursos de amparo contra la inadmisión de preguntas y la falta de quorum en la votación de la ley del suelo. Y Podemos tiene registrados dos, uno contra la ley Uber y otro de amparo por la del suelo.
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