El Tribunal de Estrasburgo no avala a Mosley
La Corte mantiene que los medios de comunicación no tienen que informar de antemano a los afectados por la información que difunden
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha desestimado la demanda de Max Mosley contra Reino Unido, tres años después de que el periódico de Rupert Murdoch, News Of The World Sunday, publicase fotos y vídeos del ex presidente de la Federación Internacional de Automovilismo en una orgía sadomasoquista en la que aparecía vestido de nazi.
El escándalo sexual hizo montar en cólera al hijo del antiguo líder fascista británico Oswald Mosley, que negó los hechos y comenzó una batalla en los tribunales contra la prensa: "Creo que es inconcebible que en una sociedad civilizada, el director de un tabloide tenga en sus manos el poder de destrozar una familia y acabar con a vida de una persona sin que tenga que dar explicaciones por ello", dijo.
La Corte Suprema de Londres le dió la razón y en junio de 2010 condenó a la empresa editora del diario a pagarle 60.000 libras esterlinas (cerca de 70.000 euros) por daños y perjuicios, pero Mosley no tenía suficiente. El presidente de la FIA, de 71 años, solicitó también que la prensa informase a los protagonistas de sus informaciones antes de publicarlas y el tribunal consideró que el periódico no estaba obligado a hacerlo.
Ante esa negativa, Mosley presentó un recurso en Estrasburgo -sede del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos- contra las autoridades británicas, considerando que la decisión de la Alta Corte de Londres violaba su derecho a la intimidad. "Si por lo menos me hubieran avisado antes, podría haber tenido el derecho a defenderme", apeló. El editor del diario, Colin Myler, se defendió afirmando que la historia era "de interés público" y trató de demostrar la veracidad del vídeo. Según su versión, el material audiovisual que empleó el tabloide fue facilitada por una de las mujeres que tomó parte en la sesión.
El fallo de la Corte Europea de Derechos Humanos (CEDH) establece ahora que la ausencia de obligación de notificación previa en la ley británica no constituye "una violación" del derecho a la intimidad. El tribunal ha sido así de contundente: "Mosley no puede pretender seguir siendo víctima de una violación de su derecho a la vida privada en la medida en que la justicia británica ha condenado a la sociedad editora". "La vida privada de personas públicas se ha convertido en un producto muy lucrativo para algunos medios", pero "la publicación de informaciones sobre esas personas (...) se beneficia incontestablemente de la protección del artículo 10 de la Convención de Derechos Humanos sobre la libertad de expresión", han sostenido los jueces del CEDH.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.