Cuando se abren los tribunales
en nombre de Justicia DemocráticaDesde 1870 la ley Orgánica del Poder Judicial -en vigor, aunque renqueante después de tantas podas y sangrías de que ha sido víctima- ordena que «en el día 15 de septiembre de cada año o, cuando éste fuere festivo, en el siguiente, se verificará la solemne apertura de los tribunales...» (artículo 626). Es un acto, en efecto, solemne: se hace de año en año y, además, con pompa y ceremonias extraordinarias. Y es llamativo por el número y condición de los personajes que en él intervienen y por los «viejos ropones enlutados» que lucen unos y otros, en extraña y pretérita procesión. De él hablan, aunque no mucho, los periódicos y es referido brevemente por la televisión, tan poco dada a cuestiones de justicia.
En los últimos cuarenta años el acontecimiento ha tenido un aire mortecino y triste, casi funeral. El presidente del Tribunal Supremo solía leer un discurso sobre lejanas cuestiones jurídicas que interesaba a las gentes del oficio, pero que muy poco tenía que ver con las preocupaciones y problemas del pueblo. Todo ello envuelto en un tono distante, hierático y sacerdotal según los viejos ritos.
Ahora se inician otros tiempos y pretendemos crear una vida democrática. Por ello en esta ocasión en que el poder judicial celebra un acto público masivo, los nuevos aires deben arear también a la vieja institución de la justicia. Y es llegado el.momento de exponer claramente algunas consideraciones sobre el tema.
Ante todo es este un poder que todavía no ha recibido un tratamiento democrático. Siempre se ha conservado fuera del mundo, cualquiera que fuese el régimen político imperante. Los liberales españoles, desde la Constitución de Cádiz de 1812, intentaron transfundirle un espíritu progresivo, alejarlo del reino de las triquiñuelas y del mal nombre que gozó, según nos cuentan Quevedo, Cervantes y cuantos de él hablaron. Pero, aparte de que todo lo positivo y digno que la justicia tiene fue obra de nuestros liberales y es hoy adelanto y conquista de la civilización, el gobierno y funcionamiento de los tribunales no ha estado ni está acorde con las exigencias de una sociedad moderna y democrática. Resta observar los medios materiales de que dispone y las leyes y procedimientos que aplica.
En la nueva etapa que se inicia es deber de todos -políticos y juristas, jueces y ciudadanos- poner al día, del tiempo histórico esta importantísima parte del poder del Estado, someter a análisis lo existente y crear las condiciones -no bastan las declaraciones altisonantes y enfáticas- para que la justicia sea realmente garantía de los derechos de los ciudadanos, factor en el progreso de la vida social.
Los últimos cuarenta años han producido una penosa imagen de los tribunales Españoles que hoy ocupan un escaño en las Cortes, campesinos, profesores, obreros, estudiantes, profesionales.... gentes de toda condición que lucharon por la dernocracia, o que, simplemente, pretendieron ejercitar sus derechos, sintieron en sus espaldas la vara de una justicia que no querrán para sus conciudadanos. La llamada corrupcion -que, dicho en lenguaje llano, es delincuencia amparada en el Poder-, la prepotencia soberbia, la arbitrariedad hecha ley, no fueron alcanzadas por la misma vara que medía el comportamiento de los que no gozaban del Poder. Una justicia cercenada en sus competencias, limitada en sus atribuciones, dominada en su organización y funcionamiento, fue impotente, a pesar del buen deseo de alguno de sus miembros, para poner fronteras a las conductas desaforadas (recuérdese el caso Matesa, en el que el procesamiento de algunos personajes del Régimen por el Tribunal Supremo fue anulado por el indulto concedido en 1971).
Las leyes vigentes en materia de justicia son, en buena parte, elaboraciones de estos últimos y larguísimos cuarenta años. El Gobierno, a través del Ministerio de Justicia, configura al poder judicial.
En el camino hacia la democracia han de ser sometidos a revisión el origen y actuación de Ayuntamientos y Diputaciones, del Parlamento, del Gobierno, de asociaciones ciudadanas, en una palabra, de cuantos núcleos de poder existan. En algunos casos -muy pocos todavía-, este camino se ha iniciado ya. En lo que atañe a la justicia no se ha dado el primer paso (aparte el acierto en algunos nombramientos, como los del presidente del Tribunal Supremo y de su Sala 1ª). Pero lo que importa, sobre todo, es que se tenga conciencia del problema, que no se pierda la ocasión histórica de dotar a nuestro pueblo de un poder judicial único, independiente y democrático, que en su composición, en su funcionamiento y control responda a las exigencias de una sociedad democrática. Que no sea un mundo de poder aislado de las leyes de la democracia, sino una expresión de la vida social y, por tanto, firme, rápida y fundada garantía de los derechos de los españoles.
Principio de un Estado democrático es el imperio de la ley: la misma para todos que responda a los intereses del pueblo y que sea impuesta, previa discusión y defensa pública del caso, por tribunales independientes. Los jueces, que no son una rara especie de hombres, han de sentir y acatar las leyes que ordenan la sociedad. Nadie puede estar sobre la ley. Y es la primera en la democracia que todo el poder viene del pueblo. Así, pues, habrá de pensarse cómo la democracia ha de penetrar en la justicia, porque conservar los esquemas vigentes es tanto como mantener una zona del poder del Estado que sea coto y vedado de democracia. Recuérdese el triste menester cumplido, entre otros, por los tribunales chilenos en la instauración y mantenimiento del fascismo en aquel entrañable país.
El poder judicial ha de ser único, porque todos los ciudadanos tienen igual derecho a la justicia. Por tanto ha de establecerse la unidad jurisdiccional. Ninguna privación de derechos ha de ser válida hasta que la resuelva y decida un juez. He aquí por qué el juez ha de estar también regido por la democracia y por qué sus resoluciones han de elaborarse públicamente oyendo la una y otra parte.
El misterio y la liturgia deben dejar paso a lo comprensible, a la publicidad, a la rapidez. Los poderes hirientes, absolutos, arbitrarios, que por cientos se encuentran entre nosotros, deben someterse a los tribunales. El ciudadano ha de gozar de jueces que lo amparen, pronta y efícazmente, en su libertad y derechos. A su vez, los jueces no deben actuar fuera del control democrático.
Y todo esto no se resuelve con bellas palabras, con fórmulas verbales, sino transformando la realidad, modificándola.
Por eso, en esta nueva apertura de los tribunales tiene que abrirse no un viejo molino para una nueva cosecha, sino un debate acerca de cómo configurar un poder judicial único, independiente y democrático que contribuya a desterrar para siempre la posibilidad de una nueva tiranía y la persistencia de las pequeñas y odiosas tiranías subalternas.
*Justicia Democrática es el nombre de un movimiento de. jueces, magistrados, fiscales y secretarios, pertenecientes al Tribunal Supremo, audiencias y juzgados en toda España, que desde hace varios años viene propugnando la modernización de la Justicia española, la independencia efectiva del poder judicial del Ejecutivo y el papel de los tribunales como verdaderos garantes de los derechos de todos los ciudadanos.
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