El fiscal mantuvo su petición de un año para el letrado que reprochó al juez una sentencia
El fiscal mantuvo ayer su petición de un año de cárcel para el abogado Carlos Carrasco, durante el juicio que se desarrolló en la Audiencia de Burgos a causa de una carta que el letrado envió al juez Juan Miguel Esteve en cuyo texto le reprochaba la sentencia que dictó contra varios vecinos de Pinillos de Esgueva (Burgos). Carlos Carrasco, que fue el ahogado defensor de los vecinos en un conflicto por unas tierras, ha sido acusado de desacato. El juez criticado en la carta es primo segundo del procesado.
Al abogado se le acusaba también de haber inspirado la convocatoria de una conferencia de prensa en el pueblo en la que, según el sumario, se vertieron conceptos contrarios a las instituciones.La actuación del fiscal en el juicio, que era seguido con expectación por un grupo de vecinos de Pinillos, se basó en la intencionalidad de una carta dirigida por el procesado al mencionado juez en la que le decía: "En la sentencia que has dictado te has equivocado de parte a parte". También aducía las posteriores declaraciones de Carrasco, en las que calificaba a su pariente de "reaccionario" y entendía que políticamente "este tipo de personas no debe estar desempeñando un cargo como el de juez, que requiere una exquisita objetividad".
Primos segundos
El procesado señaló que la intención de la carta no era en modo alguno injuriar o atentar al honor del juez. "Entre entre otras cosas", alegaba, "se trata de un primo segundo mío, y su honestidad me parece intachable". Agregó que había actuado movido por "un deber ineludible de justicia". Según Carlos Carrasco, la sentencia, en la que el juez condenaba a 23 vecinos de Pinillos por un delito de coacciones eludía o ponía en duda la existencia de un compromiso entre las partes -los vecinos y la familia Larrea- de no tocar las tierras en litigio hasta que no se produjera una resolución judicial.
"Prueba fundamental"
Este compromiso, al que, según Carrasco, se llegó en el Gobierno Civil estando él como testigo, en su calidad de asesor jurídico, era una prueba fundamental en el caso, ya que podía variar sustancialmente la calificación de los hechos y, por tanto, la sentencia. Estos hechos se produjeron en febrero de 1979, cuando los vecinos, al intentar evitar que los Larrea iniciasen el arado de las tierras en litigio, recibieron varios disparos de miembros de dicha familia. En el suceso resultaron heridos 11 vecinos. El juez Esteve consideró que la familia había actuado en defensa propia y en 1981 condenó a 23 vecinos a un mes y un día de arresto, que cumplieron en la prisión de Burgos.En cuanto al calificativo de "reaccionario" hacia el juez, Carrasco señaló que, a su juicio, esta palabra define a aquella persona "que añora el pasado", y que "era vox pópuli que el magistrado tenía una ideología próxima a la extrema derecha", lo que, a su juicio, podía interferir en el desempeño de un cargo como el de juez. En cuanto a la conferencia de prensa, el alcalde de Pinillos, Silverio de Diego, que fue elegido en las listas de UCD, dijo, como testigo, que el pueblo había actuado así por un profundo sentimiento de desamparo". En las conclusiones, el fiscal señaló que en el momento actual cabe la crítica, la matización y valoración de las sentencias judiciales por parte de la sociedad; "es positivo y no va en demérito de la Administración de justicia", dijo.
No obstante, el fiscal no modificó sus conclusiones preliminares, por entender que "esa crítica válida" queda empañada al haber calificado posteriormente al juez de "reaccionario", lo que viene a "teñir de matices subjetivos la crítica" y puede suponer valorar y afear la conducta del juez.
El fiscal concluyó: "Queremos que sea la sala, en completa libertad, la que dictamine si esto no es nada, sólo una falta de decoro o atención, o un delito de desacato". La defensa pidió la libre absolución del procesado, amparándose en el artículo 20 de la Constitución, que establece la libertad de expresión.
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