Hacienda someterá a control administrativo los planes de ahorro popular
Hacienda tiene ya redactado un primer borrador interno para regular los planes de ahorro popular (PAP), una nueva fórmula de inversión tan esperada como polémica. Si se cumplen una serie de requisitos, los PAP tendrán una completa exención fiscal y no estarán sujetos a retención, lo que puede convertirlos en un nuevo refugio del dinero negro. Por esta razón, Hacienda les someterá a un sistema de autorización administrativa. También se teme que las entidades financieras absorban estos beneficios fiscales, por lo que se establecerá una retribución mínima que tomará como referencia el tipo de interés de la deuda pública.Los PAP se pensaron en origen como un instrumento para fomentar el ahorro privado a medio plazo a cambio de ventajas fiscales. La fórmula está copiada del modelo francés que, en su primer año de salida al mercado, logró captar nada menos que cuatro billones de pesetas. Una bomba financiera de esta categoría ha exigido más de dos años de meditación por parte del Ministerio de Hacienda.
En efecto, los PAP ya fueron regulados en la Ley del Impuesto sobre la Renta del año 1991, una norma que sin duda pasará a la historia por las enormes ventajas que otorgó a las rentas del capital y porque su tarifa nunca llegó a aplicarse. Tampoco tuvieron efectos prácticos inmediatos los nuevos PAP, ya que se remitía a un reglamento posterior el desarrollo de las condiciones exigidas para su exención fiscal. Este beneficio se estableció con las siguientes condiciones: la permanencia del capital invertido durante un periodo mínimo de cinco anos; que éste no supere los diez millones de pesetas; y que la inversión anual no exceda de un millón de pesetas.
Al no tributar los rendimientos obtenidos con los PAP tampoco debían tener la retención del 25% que, con carácter general, se aplica a otro tipo de ganancias del capital. De aquí que, al retomar este año el compromiso de aprobar el reglamento de los PAP en el primer trimestre del año que viene -se acaba la exención para los fondos de inversión, a no ser que se reinvierta en un PAP-, una de las principales preocupaciones de Hacienda es que "no se cree la expectativa de que se trata de un mercado con opacidad fiscal".
Sin penalización
Se ha decidido, por tanto, que queden sometidos a un sistema de autorización administrativa. Según fuentes de la dirección general de Tributos, "los PAP estarán controlados por Hacienda aunque habrá pocas trabas burocráticas". Se trata, añaden, de "configurar un mercado ágil y transparente y a la vez muy poco tecnificado". Por ejemplo, se cree que el mejor soporte para los PAP puede ser una cartilla al estilo de las de ahorro, de forma que el titular pueda saber exactamente lo que tiene en cada momento y los intereses que cobra.Otra preocupación es que la ventaja fiscal de los PAP vaya a parar, en definitiva, a las cuentas de resultados de las entidades financieras que los oferten. Para evitarlo, se fijará una retribución mínima que, en principio, tomará como referencia el mercado de deuda pública, "porque pensamos que es el más objetivo en estos momentos". Sobre este aspecto, no obstante, "estamos abiertos a todo tipo de sugerencias", añaden en Hacienda.
En esta misma dirección, se quiere fomentar la competencia entre las entidades financieras, para lo cual se ha decidido Ia neutralidad fiscal" en el cambio de un plan a otro; es decir, que no estará fiscalmente penalizado. Otra de las ventajas para los AP es que los intereses se podrán cobrar desde el primer día y no será necesario reinvertirlos para tener derecho a la exención fiscal.
Otra novedad que incluye este primer borrador en relación a la ley de 1991 es que, en un primer momento, los PAP sólo podrán materializarse en deuda pública y en depósitos bancarios. Se ha descartado, pues, la posibilidad de incluír en estos destinos a los seguros, tal como apuntaba la ley de renta. En Hacienda, no obstante, se cree que una vez rodados los PAP podrá pensarse en ampliar el abanico de posibilidades.
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