¿Apología del 'cannabis'?
El ministro del Interior, Ángel Acebes, anunció el miércoles pasado en Santander que su departamento va a estudiar "las modificaciones legales que permitan perseguir a los promotores" del consumo del cannabis. Se trata, según precisaron fuentes de su entorno, de introducir en la legislación penal la apología del consumo de esa sustancia. Esta eventual medida la anunció en el acto de presentación de la encuesta bianual que el Plan Nacional sobre Drogas efectúa entre los escolares de 14 a 18 años para conocer la incidencia del consumo de esas sustancias en este grupo de población. Dicha encuesta revela que el consumo de cannabis (personas que lo han fumado al menos una vez en los últimos 30 días) ha pasado del 19,4% en 2000 al 22% en 2002, lo que supone un incremento del consumo del 13% en sólo dos años. Con relación a 1994, fecha de la primera encuesta del Plan Nacional sobre Drogas, el consumo se ha casi duplicado: entonces sólo el 12,2% declaró que fumaba porros.
La primera reflexión que cabe hacer ante estos datos es que el Ministerio del Interior y las administraciones públicas en general no han acertado en sus políticas para controlar y reducir el consumo del cannabis. La segunda es preguntarse si tiene algún sentido ponerse ahora a perseguir mediante una tipificación delictiva tan difusa y sujeta a interpretaciones arbitrarias como la apología publicaciones que tratan sobre el cannabis, cuando el consumo de esa sustancia no está penalizado, aunque sí lo esté su comercialización. La encuesta muestra que el cannabis ha alcanzado entre los jóvenes el mismo rango que el alcohol y el tabaco. Confiesan fumar tabaco el 28% de los encuestados, mientras que fuman porros el 22%. El consumo del alcohol desciende de año en año, pero aún lo consumen el 55% de los jóvenes. ¿Va a estudiar Interior la tipificación de los delitos de apología del tabaco y del alcohol? Igual que frente a las dos citadas drogas legales, la manera razonable de abordar la reducción del consumo del cannabis es mediante la información, contrarrestando las descripciones paradisiacas de sus efectos inmediatos con la relación de sus efectos dañinos a medio y largo plazo.
La información sobre los efectos negativos, por un lado, y el control de la calidad del producto que llega al consumidor, por otro, son los mecanismos razonables de que disponen los Estados para luchar contra los efectos perniciosos de esas tres drogas, junto con las limitaciones a la adquisición de tales productos por menores. El problema es que el control de la calidad del producto no es aplicable al cannabis simplemente porque se trata de una sustancia cuyo comercio está fuera de la ley.
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