La Audiencia condena al Estado a pagar 11 millones a las víctimas de Biescas
Medio Ambiente y el Gobierno de Aragón, responsables por haber autorizado el cámping
La Audiencia Nacional ha condenado al Gobierno de Aragón y al Ministerio de Medio Ambiente (Confederación Hidrográfica del Ebro) a indemnizar solidariamente con 11,2 millones de euros (1.874 millones de pesetas) a 62 de las 87 víctimas mortales de la riada que arrasó el cámping Las Nieves, de Biescas (Huesca), el 7 de agosto de 1996. Las indemnizaciones que contempla la sentencia, 180.303 euros (30 millones de pesetas) por cada fallecido, podrán ser ejecutadas aunque las entidades condenadas decidiesen, en su caso, recurrir la sentencia ante el Tribunal Supremo.
La responsabilidad patrimonial de las Administraciones condenadas deriva de que la Diputación General de Aragón (DGA) autorizó y la Confederación Hidrográfica del Ebro consintió que el cámping siniestrado se ubicara en un lugar que constituía un peligro para los acampados. El Ayuntamiento de Biescas, también demandado, queda eximido al carecer de competencias legales esenciales sobre la ubicación y apertura del cámping. También queda exonerado el propietario del cámping "al no haber tenido una intervención causa-efecto" con el desastre.
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado José Arturo Fernández, se sustenta en que la previsibilidad del riesgo fue advertida por escrito, con carácter previo y en el correspondiente expediente administrativo, por un funcionario de la Diputación General de Aragón, Emilio Pérez Bujarrabal, jefe de la Sección de Comunidades Vegetales. Este ingeniero "informó hasta en dos ocasiones, y por escrito" de que dicho lugar era "un cono de deyección que aunque se corrigió artificialmente, seguía sin ser un lugar adecuado" y concluyó, de forma clara y contundente, que "existía un riesgo para las instalaciones y un peligro para las personas que iban a utilizarlas".
Indemnizaciones
Este informe, que "desgraciadamente se vio corroborado por los hechos", se hizo en el marco de un expediente que terminó con la autorización para la ocupación del terreno y abrió los posteriores trámites para la licencia de apertura que otorgó la DGA. Ese informe se vio corroborado por los peritos que informaron en el procedimiento. Concretamente, en un informe de 1994 del Instituto Tecnológico Geominero de España, supervisado por Francisco Javier Ayala-Carcedo, ya fallecido, constaba un mapa de riesgos en el que, en una escala de 2 a 9 se daba un 7 al cono de deyección del barranco de Arás, donde se instaló el cámping. "Estas voces autorizadas", dice la sentencia, "rebaten de forma clara y contundente el argumento principal de los demandados de que el evento no era previsible".
El tribunal, la Sección Primera de lo Contencioso de la Audiencia, fija en 180.203,63 euros la cantidad por cada fallecido, con la excepción de Sergio Murillo, quien perdió a sus padres y a dos hermanos en la riada, es decir, a toda su familia directa. Atendiendo a estas excepcionales circunstancias, el tribunal eleva la indemnización a 210.354 euros (35 millones de pesetas), con lo que el montante que percibirá estará en torno a los 840.000 euros (unos 140 millones de las antiguas pesetas).
Otro caso especial es el de un demandante que perdió a sus padres y que había solicitado una indemnización inferior a la fijada para el tribunal. Para éste se fija la indemnización por él solicitada, pero incrementada en el interés legal desde la reclamación.
De la cantidad total de las indemnizaciones habrá que descontar las que ya hubiesen percibido de las Administraciones demandadas y en concreto de la DGA, que ya abonó por estos hechos cantidades que, según fuentes de la Audiencia Nacional, se sitúan en torno a los tres millones de pesetas por fallecido.
La tragedia del cámping Las Nieves se produjo en la tarde del 7 de agosto de 1996, en que una tormenta persistente, con un alto nivel de precipitación (185 litros por metro cuadrado en 25 horas) dio lugar a una riada que arrastró parcialmente dos puentes, destruyó presas de contención, liberó los sedimentos retenidos en las mismas, arrancó arbolado y arrastró rocas y abundante lodo.
El caudal torrencial así formado sufrió una obstrucción a causa del arrastre masivo de todo ese material, e hizo que se dirigiera hacia el sur del abanico aluvial, concretamente por su parte derecha, en donde estaba situado el cámping Las Nieves.
Sobre las 19.30, de forma repentina, se precipitó sobre el cámping gran cantidad de agua y sedimento, con más de un metro de calado y circulando a gran velocidad durante diez minutos, destruyendo instalaciones, arrastrando vehículos, caravanas y enseres y causando directamente la muerte a 87 personas acampadas, numerosos lesionados y cuantiosos daños materiales.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.
Archivado En
- Audiencia Nacional
- Biescas
- Indemnizaciones
- Provincia Huesca
- Riadas
- Inundaciones
- Aragón
- Tribunales
- Desastres naturales
- Sentencias
- Gobierno autonómico
- Desastres
- Sanciones
- Poder judicial
- Política autonómica
- Comunidades autónomas
- Administración autonómica
- Gobierno
- Juicios
- Sucesos
- Proceso judicial
- Administración Estado
- Administración pública
- Justicia
- España