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Hurtado sostiene que el fiscal general pretende dejar su caso “en manos de un juez extranjero”

El instructor del Supremo rechaza la petición de García Ortiz de enviar uno de sus recursos a las autoridades de Irlanda, a las que el Supremo ha pedido ayuda para reclamar datos a WhatsApp y Google

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, durante su comparecencia en la Comisión de Justicia del Senado, el pasado 18 de febrero.
El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, durante su comparecencia en la Comisión de Justicia del Senado, el pasado 18 de febrero.Jaime Villanueva
Reyes Rincón

El magistrado Ángel Hurtado, instructor de la causa por revelación de secretos abierta al fiscal general del Estado, ha rechazado varias peticiones que hizo Álvaro García Ortiz sobre la solicitud a WhatsApp y Google de datos de sus cuentas que planteó el juez el pasado 20 de enero. Para recabar esos datos, Hurtado pidió la ayuda de las autoridades judiciales de Irlanda, donde se ubica la sede europea de ambas empresas, para lo que emitió una comisión rogatoria, la solicitud formal de auxilio entre jueces de distintos países. La Abogacía del Estado, que defiende a García Ortiz, recurrió esa decisión y reclamó que ese recurso se enviara a las autoridades de Irlanda. Esta es la solicitud que ha desestimado ahora el instructor, que, en el auto en el que comunica su rechazo, sostiene que actuar como pretende el fiscal general sería “trasladar el debate sobre la instrucción de la causa fuera de las presentes actuaciones, además, a un tribunal extranjero”.

El magistrado apoya su decisión en los escritos que habían presentado las acusaciones populares y la particular, ejercida por Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso e imputado por fraude fiscal. Todas pidieron a Hurtado que desestimara la petición de García Ortiz, y el juez les da la razón y asume algunos de sus argumentos. “Operar como pretende la representación del investigado es dejar en manos de un juez extranjero, que haga valoración de un material, que tendría que pasar por los criterios sujetos a su propia normativa, y, además, en función de las alegaciones de una sola de las partes, con vulneración del principio de contradicción, y esto supondría trasladarle a aquel una cuestión que, como indica la representación procesal de Fundación Foro Libertad y Alternativa, debe sustanciarse por los tribunales españoles”, advierte el magistrado.

La solicitud de datos a Google y WhatsApp la planteó Hurtado a petición de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, para intentar recuperar la información vinculada a aplicaciones de mensajería instantánea instaladas en dos dispositivos móviles de García Ortiz y en una cuenta de correo electrónico. Los agentes reclamaron al juez que diera este paso tras constatar que García Ortiz cambió de teléfono móvil cuando ya estaba siendo investigado por revelación de secretos y borró todo el contenido de su teléfono de acuerdo, según aseguró ante el instructor, a los protocolos de seguridad y protección de datos de la Fiscalía. El objetivo de la UCO y del magistrado al pedir la colaboración de Google y WhatsApp es buscar pruebas de la supuesta filtración de la denuncia por fraude a Hacienda presentada por la Fiscalía contra González Amador y de un correo enviado por el abogado de este al ministerio público en el que asumía que su cliente ha cometido dos delitos fiscales y proponía un pacto que le librara de la cárcel.

En el auto por el que desestima la petición de García Ortiz, Hurtado cita textualmente al abogado de González Amador para advertir de que “no existe previsión legal alguna que ampare la petición de comunicación efectuada por el investigado” y considera “insuficiente” la invocación al derecho a la defensa planteada por García Ortiz. El juez insiste en el auto en que acceder a la petición del jefe del ministerio público “entrañaría que un tribunal extranjero no dejase de supervisar el cometido jurisdiccional” del instructor del Supremo. Por esta razón, afirma Hurtado, “parece acertada” la afirmación que hace el Colegio de Abogados de Madrid, que ejerce como acusación popular, cuando dice que la defensa pretende “utilizar los mecanismos de cooperación internacional en materia judicial para generar una suerte de control de legalidad por autoridades judiciales extranjeras; generando una distorsión absoluta de la competencia funcional, pues es únicamente a la Sala de Recursos del TS (Tribunal Supremo) quien compete resolver sobre los recursos contra resoluciones del Magistrado Instructor”

García Ortiz también pidió que se comunicara a Eurojust (la agencia de la UE para la cooperación judicial) que el auto de 20 de enero de 2025, por el que Hurtado acordó lanzar las comisiones rogatorias, no es firme y está recurrido. El juez asegura que este argumento “no se acaba de entender” porque esos recursos no tienen efecto suspensivo. “Y si lo que se pretende es que, por no tenerlo, se espere a su firmeza para la tramitación de lo acordado, estaría suponiendo una dilación en el procedimiento que no ha de ser tolerada”, afirma el instructor.

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.
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