El Supremo anula los nombramientos de dos jueces de la Audiencia Nacional
El alto tribunal estima los recursos de dos magistrados que se presentaron a las plazas de la Sala de Apelación
El Tribunal Supremo ha sacudido este jueves a la Audiencia Nacional con una resolución que anula los nombramientos de dos de sus magistrados –Eloy Velasco y Enrique López- como miembros de la Sala de Apelación, el órgano encargado de revisar en segunda instancia las sentencias de las cuatro secciones penales de la Audiencia. En una resolución conocida esta tarde, el Supremo ha dejado sin efecto la designación de ambos magistrados que realizó el Consejo General del Poder Judicial en mayo de 2017. La decisión, según fuentes jurídicas, no afecta a las decisiones que Velasco y López, ambos con plaza en la Audiencia Nacional, hayan adoptado durante su etapa en la Sala de Apelación, entre ellas la revisión de la condena por el caso de la agresión a los guardias civiles de Alsasua (Navarra) o las que afectan a raperos como Pablo Hasel por enaltecimiento del terrorismo.
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Supremo ha dado la razón a dos magistrados –Manuela Fernández de Prado, de la Audiencia Nacional, y Carlos Valle, juez de instrucción de Madrid, que también optaron a esas plazas y recurrieron el nombramiento de sus colegas tras verse relegados. Los recurrentes entendían, y ahora el Supremo les da la razón, que Velasco y López no cumplían debidamente el requisito de especialización penal que figuraba en las bases para acceder a la Sala de Apelación, que fue creada tras la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal de octubre de 2015.
La sentencia de la que no se conoce más que la parte dispositiva, deberá aclarar si la decisión del alto tribunal obliga a realizar un nuevo concurso para la adjudicación de las plazas en la Sala de Apelación o bien las adjudica directamente a otros magistrados que se quedaron fuera del concurso en función de su puesto en el escalafón, afirman fuentes jurídicas. A la convocatoria ganada por Eloy Velasco y Enrique López concurrieron 33 magistrados. La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial adjudicó las plazas con seis votos favorables y dos contrarios, los de los vocales Pilar Sepúlveda y Álvaro Cuesta.
La Ley Orgánica del Poder Judicial, en su artículo 330.7 dispone que “la provisión de plazas de la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional se resolverá a favor de quienes, con más de quince años de antigüedad en la carrera, hayan prestado servicios al menos durante diez años en el orden jurisdiccional penal, prefiriéndose entre ellos a quienes ostenten la condición de especialista”.
Sin embargo, una sentencia del Supremo de julio de 2013 anuló las pruebas para el reconocimiento de la condición de especialista penal, por lo que a la hora de adjudicar las plazas el Gabinete Técnico del Consejo del Poder Judicial asimiló a la condición de especialistas a los magistrados que hubieran pasado las pruebas de selección anteriores en el orden jurisdiccional civil y penal, situación en la que de los 33 candidatos, solo estaban López y Velasco. Ambos obtuvieron la plaza “con preferencia sobre los/las peticionarios/as con mejor número de escalafón”.
Enrique López tiene su plaza en propiedad en la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. De talante conservador, fue apartado del tribunal del caso Gürtel por su supuesta cercanía al Partido Popular. Este partido le aupó a un puesto de magistrado del Tribunal Constitucional al que renunció en junio de 2014 tras ser imputado por un delito contra la seguridad vial.
En cuanto a Velasco, primer juez instructor de los casos Púnica y Lezo en su etapa al frente del Juzgado de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional, su destino tras esta decisión del Supremo es una incógnita. Fuentes jurídicas apuntan la posibilidad de que se quede en la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.
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