La justicia obliga a la mujer que asesinó a sus hijos en Godella a ingresar en un centro psiquiátrico
La Audiencia de Valencia impone 50 años de prisión para el padre de los niños y absuelve a la madre por alteración psíquica
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a 50 años de prisión al hombre al que un jurado popular declaró culpable la semana pasada del asesinato de sus dos hijos, de tres años y seis meses de edad, en la localidad de Godella (Valencia). La sentencia absuelve en cambio a la madre, coautora de los crímenes, al apreciar la eximente completa de alteración psíquica, debido a la enfermedad mental que padece y que no tiene controlada, pero le impone una medida de seguridad privativa de libertad que le obliga al internamiento en un centro psiquiátrico. El fallo recoge fielmente las apreciaciones del jurado popular, incluido que los condenados no podrán ser indultados ni se les podrán ofrecer beneficios penitenciarios.
El magistrado que presidió el Tribunal del Jurado ha modificado la situación personal de la mujer, que se hallaba en prisión preventiva por estos hechos, y ha acordado su libertad provisional de forma inmediata. Según dicta la sentencia, la mujer será trasladada desde el Centro Penitenciario de Picassent a la Unidad de Hospitalización Psiquiátrica de Agudos del Hospital La Fe de Valencia “a fin de que el personal sanitario la examine y valore si procede su ingreso no voluntario en un centro”.
La resolución, que puede ser recurrida, establece que los dos progenitores deberán indemnizar conjunta y solidariamente con 300.000 euros a los abuelos paternos de los niños y con la misma cuantía, 300.000 euros, a los abuelos por línea materna.
Tal y como señalaba el jurado en su veredicto, la Audiencia de Valencia ha declarado probado que los padres asesinaron el 13 de marzo de 2019 a sus hijos tras propinarles multitud de golpes, sobre todo en la cabeza, en la casa de campo de Godella donde residían. Los acusados estaban convencidos de la existencia de una secta que les perseguía, asediaba y abusaba sexualmente del niño, hasta el punto de que se turnaban para realizar vigilias nocturnas para evitar ser atacados y que sus hijos fueran secuestrados, según precisa la resolución judicial. Impulsados por esas creencias e ideas, que el hombre inculcó a su compañera sentimental, decidieron que la única manera de proteger a los menores era someterlos a un “baño purificador”, “terminar con sus vidas y enviarlos al más allá para que posteriormente pudieran revivir”.
La Audiencia señala, tal y como declaró probado el jurado, que en el momento de cometer los crímenes la madre de los menores sufrió un brote agudo de esquizofrenia de tipo paranoide “que anulaba completamente las bases psicobiológicas de su imputabilidad (inteligencia y voluntad)”.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.